SAT 2022: Gastos que puedes deducir en tu declaración anual para Persona Física

El SAT te dejará deducir impuestos en los rubros de salud, educación y otros...

Las personas físicas y morales están por presentar ya su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues es una obligación fiscal que se tiene que cumplir en tiempo y forma por parte de los contribuyentes.

Antes de comenzar a elaborar y organizar tus papeles para presentar tu declaración anual, la cual están obligados por calendario las Personas morales en marzo y Personas físicas en abril, te decimos cuales gastos si podrás deducir en el pago de impuestos.

¿P. Físicas que podrán deducir?

Si eres Persona Física el SAT te permitirá deducir algunos gastos, los que llama " deducciones personales", siendo muy puntual y especifico para realizar dicha deducción.

Estas “deducciones Personales” son aquellos gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la Declaración Anual del Ejercicio.

Las cuales están dividas en 3 RUBROS:  SALUD, EDUCACION Y OTROS.

Salud:

  • Honorarios médicos, dentales y servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. (Son deducibles si son prestados por personas con titulo profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes).
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales (no proceden los comprobantes de farmacias).
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones publicas de seguridad social.

RECUERDA: estos gastos por salud solo serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

EDUCACION:

  • Colegiaturas en Instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, los los montos siguientes (limite anual de deducción):   Preescolar : 14,200 pesos, Primaria: 12,900 pesos, Secundaria: 19,900, Profesional técnico: 17,100 pesos, Bachillerato o equivalente: 24,500 pesos.
  • Transporte escolar, solo si es obligatorio.

RECUERDA:  para poder hacer la deducción, deberás contar con un comprobante de pago fiscal correspondiente. Cuando se realicen pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicio de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el limite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyo o el que inicio. 

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no serán deducibles.

OTROS:

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibirlos (No serán onerosos ni remunerativos y que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos).
  • El monto de los donativos no excederán de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago de impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

RECUERDA: al realizar estos pagos deben de ser con cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de debito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizada en efectivo.

Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu declaración Anual.

El monto total de las deducciones personales ( excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntaria y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no pueden excederse de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Estar informado y bien asesorado por expertos te da beneficios y ahorro al presentar tu declaración Anual.

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